La Comisión Europea cree que la ley húngara que prohíbe mostrar contenido homosexual a menores vulnera una larga lista de normativas europeas | Considera que las “zonas libres de ideología LGBT” de Polonia pueden violar la legislación de la UE y reprocha a Varsovia incumplir el principio de cooperación sincera
Bruselas eleva el tono contra Hungría y Polonia por los derechos de la comunidad LGBTIQ. La Comisión Europea ha lanzado este jueves dos procedimientos de infracción contra ambos países por la posible vulneración de la igualdad y la protección de los derechos fundamentales. En el caso de Budapest, la denuncia se refiere a la reciente legislación aprobada por el Parlamento húngaro que prohíbe “mostrar o promocionar” la homosexualidad entre los menores de 18 años. En el caso de Varsovia, el procedimiento se refiere a las zonas libres de ideología de LGBT en varias regiones y municipios polacos. Ambos países tienen ahora dos meses de plazo para responder.
“Europa nunca permitirá que se estigmatice a partes de nuestra sociedad: ya sea por sus seres queridos, por su edad, su origen étnico, sus opiniones políticas o sus creencias religiosas”, advertía la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, el pasado 7 de julio ante el Parlamento Europeo. Los contactos con ambas capitales en las últimas semanas para tratar de reconducir la situación no haN dado frutos y Bruselas ha decidido lanzar el procedimiento de infracción. De no obtener una respuesta satisfactoria el caso podría terminar también ante el Tribunal de Justicia de la UE.
Frente contra Orbán
En el caso de Hungría, el nuevo frente estalló a mediados de junio con la tramitación de la ley que establece “prohíbe o limita” el acceso a contenidos que propaguen o retraten la llamada “divergencia de la propia identidad correspondiente al sexo al nacer, cambio de sexo u homosexualidad” para personas menores de 18 años. Pese a los llamamientos hasta 18 jefes de Estado y de Gobierno y de las instituciones europeas, el Gobierno que lidera el primer ministro húngaro, Viktor Orbán, siguió adelante con sus planes y logró la aprobación en el parlamento de la nueva ley. Desde entonces la Comisión Europea ha intentado reconducir la situación sin éxito. “Hungría no ha explicado por qué la exposición de los niños a contenido LGBTIQ como tal sería perjudicial para su bienestar o no estaría en consonancia con el interés superior del niño. Por tanto, la Comisión ha decidido enviar a Hungría una carta de notificación formal porque considera que la ley viola una serie de normas de la UE”, resumen la Comisión.
Concretamente, la nueva ley húngara incumple, según Bruselas, la directiva sobre servicios de medios audiovisuales en lo que respecta a las normas para el contenido audiovisual y la prestación gratuita de servicios de medios audiovisuales transfronterizos, ya que Hungría impone restricciones injustificadas que discriminan a las personas por su orientación sexual y además son desproporcionadas. En segundo lugar, algunas de las disposiciones impugnadas infringen la directiva sobre comercio electrónico. La ley prohíbe la prestación de servicios que muestren contenido que muestre diferentes orientaciones sexuales para menores, incluso si estos servicios se originan en otros Estados miembros.
Además, Hungría tampoco ha justificado la restricción de los servicios transfronterizos de la sociedad de la información ni no notificó previamente a la Comisión algunas de las disposiciones impugnadas, pese a la obligación de hacerlo establecida en la Directiva sobre transparencia del mercado único. La lista de reproches no termina aquí. Bruselas también considera que Hungría ha violado los principios del Tratado de libre prestación de servicios y libre circulación de mercancías al no demostrar que las restricciones están debidamente justificadas, no discriminatorias, y proporcionado. También se vulnera el derecho a la protección de datos, la dignidad humana, la libertad de expresión e información, el derecho al respeto de la vida privada y el derecho a la no discriminación, consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, así como los valores establecidos en el artículo 2 del Tratado.
Zonas libres de LGBT
En el caso del procedimiento contra Polonia, el caso se refiere a la creación de las llamadas “zonas libres de ideología LGBT” a partir de 2019 en varios municipios y regiones polacas. A la Comisión le preocupa que estas declaraciones puedan violar la legislación de la UE en materia de no discriminación por motivos de orientación sexual. A pesar de los llamamientos realizados desde hace meses, hasta la fecha las autoridades polacas no han remitido a Bruselas la información solicitada, “omitiendo manifiestamente responder a la mayoría de las solicitudes de la Comisión”, denuncia la Comisión que considera que el Gobierno ultraconservador polaco que lidera el partido Ley y Justicia (PiS) está obstaculizando la capacidad de la Comisión para ejercer sus competencias, incumpliendo el principio de cooperación sincera.
Fuente: Faro de Vigo